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Aceptar una herencia puede ser un proceso tan emocionante como arriesgado. Aunque la palabra “herencia” suele asociarse con dinero, casas o bienes, la realidad legal en España es mucho más compleja: junto con los activos, también se heredan las deudas.
Por eso, investigar las deudas de un fallecido antes de aceptar la herencia es un paso esencial para cualquier heredero. No hacerlo puede provocar sorpresas desagradables, como asumir deudas que superan con creces el valor de los bienes heredados.
En este artículo encontrarás una guía detallada y práctica para investigar las deudas de un fallecido, conocer tus derechos y opciones como heredero, y tomar una decisión informada: aceptar la herencia con deudas, si es que las tiene. También puedes aceptar a beneficio de inventario o renunciar a recibirla.
¿Por qué es importante conocer las deudas antes de aceptar ser heredero?
La herencia en España funciona como un “paquete cerrado”: al aceptar, recibes tanto los bienes como las deudas. No existe la posibilidad de elegir lo positivo y rechazar lo negativo.
Esto significa que:
- Puedes recibir propiedades, dinero, acciones o vehículos.
- Pero también préstamos, hipotecas, deudas con Hacienda, deudas con la Seguridad Social, sanciones, embargos, etc.
👉 Ejemplo práctico 1:
María hereda de su padre una vivienda valorada en 100.000 €, pero descubre que tenía deudas con bancos y Hacienda por 150.000 €.
- Si acepta sin más, deberá pagar los 50.000 € que faltan con su dinero personal.
- Si acepta a beneficio de inventario, se usarán los bienes heredados para cubrir las deudas, y ella no pagará nada extra.
- Si renuncia, no recibe la vivienda, pero tampoco asume la deuda.
👉 Ejemplo práctico 2:
Juan recibe como herencia un coche valorado en 20.000 € y una cuenta bancaria con 10.000 €, pero descubre que el fallecido avaló un préstamo de 40.000 € de otra persona. Si acepta pura y simplemente, Juan deberá responder también de esa deuda avalada.
Estos casos reflejan por qué investigar y calcular bien antes de tomar una decisión es la clave para evitar arruinarse con una herencia.
Pasos para investigar las deudas de la persona de la que se hereda
A continuación, te explicamos en detalle los trámites y fuentes de información que puedes consultar para investigar la situación económica del fallecido.
1. Certificado de defunción
Sin este documento, no podrás iniciar prácticamente ningún trámite.
- Lo entregan habitualmente las funerarias.
- Si no lo tienes, lo puedes solicitar en el Registro Civil de la localidad donde ocurrió el fallecimiento.
2. Certificado de últimas voluntades
Este documento es clave porque te dice si el fallecido dejó testamento y ante qué notario.
- Se solicita en el Registro General de Actos de Última Voluntad (en persona o por internet).
- Con él podrás acudir al notario correspondiente y pedir copia del testamento, siempre que seas heredero.
👉 Si no hay testamento, deberás iniciar un procedimiento de declaración de herederos abintestato. Esto se hace ante notario (si los herederos son directos, como hijos o cónyuge) o ante un juez (si son familiares más lejanos).
3. Investigación en bancos y entidades financieras
Los bancos son fundamentales para conocer:
- Saldos positivos en cuentas o depósitos.
- Préstamos pendientes.
- Tarjetas de crédito activas.
- Hipotecas.
- Avales de terceros.
Documentos que te pedirán:
- Certificado de defunción.
- Documento que te acredite como heredero.
- DNI del fallecido o copia.
👉 Consejo: si no sabes qué bancos utilizaba el fallecido, consulta el Registro de Contratos de Seguros con Cobertura de Fallecimiento, donde aparecen seguros de vida vinculados a préstamos.

4. Consulta en la Agencia Tributaria (Hacienda)
La Agencia Tributaria puede informarte de:
- Deudas fiscales pendientes.
- Embargos en curso.
- Sanciones administrativas.
Es habitual que personas fallezcan con deudas de IRPF, IVA (si eran autónomos) o sanciones por retraso en pagos.
5. Revisión en la Seguridad Social
En el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) podrás averiguar si el fallecido:
- Tenía deudas como autónomo en el RETA.
- Había cobrado indebidamente pensiones o prestaciones.
- Tenía derecho a pensiones de viudedad u orfandad que afecten a la familia.
6. Registro de la Propiedad y Registro Mercantil
Aquí puedes comprobar si el fallecido tenía bienes inmuebles, y si sobre ellos existen hipotecas, embargos o cargas.
- En el Registro Mercantil, además, podrás confirmar si era administrador de alguna sociedad con deudas pendientes.
7. Otros organismos y fuentes de información
- Ayuntamiento: deudas de IBI, multas, tasas de basura.
- Comunidad de vecinos: cuotas de vivienda impagadas.
- BOE (Boletín Oficial del Estado): publicaciones de embargos, subastas o procedimientos judiciales.
- Entidades financieras privadas: préstamos rápidos (Cofidis, Wizink, etc.).
8. Elaboración de un inventario patrimonial
Con toda la información recopilada, deberás hacer un inventario que incluya:
- Bienes: propiedades, cuentas, vehículos, acciones, seguros, derechos de cobro.
- Deudas: préstamos, hipotecas, deudas fiscales, sanciones, avales.
👉 Este inventario es la herramienta que te permitirá tomar una decisión responsable sobre la herencia.
✅ Checklist: 10 pasos para investigar las deudas de un fallecido antes de aceptar la herencia
📄 Solicita el certificado de defunción en el Registro Civil.
📝 Obtén el certificado de últimas voluntades para saber si hay testamento y en qué notaría.
📑 Revisa el testamento o haz declaración de herederos si no existe.
🏦 Pregunta en bancos y entidades financieras por cuentas, préstamos, tarjetas o avales.
💻 Consulta en la Agencia Tributaria (Hacienda) si existen deudas fiscales, embargos o sanciones.
👥 Revisa en la Seguridad Social (INSS) deudas por cotizaciones, cobros indebidos o pensiones pendientes.
🏠 Solicita notas simples en el Registro de la Propiedad para comprobar hipotecas o embargos.
📊 Consulta en el Registro Mercantil si el fallecido era administrador de una empresa con deudas.
🏛️ Pregunta en el Ayuntamiento y comunidad de vecinos por deudas de IBI, tasas, multas o cuotas impagadas.
📋 Haz un inventario completo de bienes y deudas para valorar si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
9. Opciones del heredero ante una herencia con deudas
En España, los herederos tienen tres opciones legales:
- Aceptar pura y simplemente
- Heredas bienes y deudas.
- Riesgo: si las deudas superan el valor de la herencia, tendrás que pagar con tu dinero.
- Solo recomendable si tienes certeza de que no hay deudas relevantes.
- Aceptar herencia a beneficio de inventario
Es la opción más prudente y segura.
- Heredas bienes y deudas, pero solo respondes con lo heredado.
- Tu patrimonio personal queda protegido.
- Es necesario hacerlo ante notario o juez y elaborar un inventario detallado.
👉 Ejemplo práctico:
Heredas una casa de 120.000 € y descubres deudas de 150.000 €.
- Con aceptación simple: pagas los 30.000 € de tu bolsillo.
- Con beneficio de inventario: solo se cubren los 120.000 € con la casa y no pagas más.
- Renunciar a una herencia con deudas
- Decisión formal ante notario.
- No recibes nada, pero tampoco asumes deudas.
- Es irreversible.
- Muy recomendable si las deudas superan claramente el valor de los bienes.
Comparativa: opciones ante una herencia con deudas
Opción | Qué significa | Ventajas | Inconvenientes | Cuándo conviene |
---|---|---|---|---|
Aceptar pura y simplemente | Heredas bienes y deudas sin limitación. | Acceso rápido a los bienes heredados. | Riesgo: si las deudas superan los bienes, pagas con tu patrimonio personal. | Solo si sabes con seguridad que no existen deudas. |
Aceptar a beneficio de inventario | Heredas bienes y deudas, pero solo respondes con el patrimonio heredado. | Protege tu patrimonio personal. | Trámite más complejo y costes notariales. | Cuando no conoces bien la situación económica del fallecido o sospechas que hay deudas. |
Renunciar a la herencia | No recibes nada y tampoco asumes deudas. | Evitas riesgos y responsabilidades. | Pierdes también los bienes y derechos de la herencia. | Cuando las deudas superan claramente a los bienes. |
Plazos legales y fiscales importantes
- Impuesto de Sucesiones: debe liquidarse en un plazo de 6 meses desde el fallecimiento.
- Prórroga: se puede pedir una prórroga de otros 6 meses, aunque con intereses.
- Plazo para aceptar o renunciar:
- 30 días desde que un notario te requiera formalmente.
- En general, los herederos tienen libertad para decidir dentro de los 6 meses iniciales.
Costes aproximados de los trámites
- Certificado de defunción: gratuito.
- Certificado de últimas voluntades: unos 3,70 €.
- Copia del testamento: entre 20 y 40 €.
- Notario para declaración de herederos: entre 200 y 400 € según el caso.
- Aceptación a beneficio de inventario: costes notariales y registrales variables (aprox. 300-600 €).
¿Qué pasa si un heredero acepta y otro renuncia?
- Si hay varios herederos, cada uno puede tomar su decisión.
- Los que aceptan, heredan bienes y deudas.
- Los que renuncian, no reciben nada.
- La parte de los que renuncian se reparte entre los demás herederos (según el testamento o la ley).
Diferencias entre comunidades autónomas
En España, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones varía según la comunidad autónoma.
- En comunidades como Madrid, Andalucía o Murcia existen bonificaciones muy altas que reducen el impuesto.
- En otras, como Asturias o Castilla y León, la tributación puede ser mucho más elevada.
👉 Aunque esto no afecta directamente a las deudas, sí influye en el cálculo de si conviene aceptar o no la herencia.
¿Qué pasa con las deudas en una herencia, si nadie la acepta?
En muchas ocasiones, todos los herederos renuncian a la herencia, cuando el valor de las deudas supera el valor de los bienes a heredar.
En estos casos, la herencia queda en un estado denominado HERENCIA YACENTE, que en realidad se inicia cuando se produce el hecho causante (el fallecimiento de la persona) y se mantiene hasta que la herencia es aceptada.
Si los titulares de las deudas (los acreedores) no pueden dirigirse contra los herederos, al no tener esta condición ninguno de los posibles, dada su renuncia, sí que pueden dirigir su reclamación contra la herencia yacente, que aunque no tiene personalidad jurídica, sí que puede ser sujeto contra la que se puede reclamar en un procedimiento judicial o administrativo.
Esto supone que un acreedor puede pedir al juzgado que se venda una propiedad perteneciente a la herencia yacente para cobrar su deuda.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué pasa si descubro una deuda después de aceptar la herencia?
Si aceptaste pura y simplemente, responderás con tu patrimonio.
Si aceptaste a beneficio de inventario, solo hasta el valor heredado.
¿Puedo renunciar a la herencia después de haberla aceptado?
No. La renuncia debe hacerse antes de aceptar. Una vez aceptada, es irreversible.
¿Se pueden heredar las deudas de tarjetas de crédito?
Sí, las deudas de tarjetas son obligaciones financieras y se transmiten con la herencia.
¿Qué pasa con las deudas hipotecarias?
El heredero hereda tanto la propiedad como la hipoteca. Puede asumirla, renegociar con el banco o vender la vivienda para saldar la deuda.
¿Qué ocurre si todos los herederos renuncian?
La herencia pasa a herederos más lejanos (según el Código Civil). Si nadie acepta, el Estado se convierte en heredero.
Consejo:
Aceptar una herencia no siempre significa ganar dinero o bienes. En muchos casos puede implicar asumir deudas muy elevadas. Por eso, investigar la situación económica del fallecido es el paso más importante antes de tomar una decisión.
Recuerda:
- Reúne certificados, consulta bancos, Hacienda, Seguridad Social y registros.
- Haz un inventario claro de bienes y deudas.
- Decide entre aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
👉 El consejo más prudente es aceptar siempre a beneficio de inventario si no tienes la certeza absoluta de que no hay deudas.
De esta manera, protegerás tu patrimonio y evitarás que una herencia se convierta en un problema económico de por vida.