1ª Guía Completa sobre herencias: todo lo que necesitas saber

Una herencia puede ser motivo de alegría para los herederos, que ven aumentado su patrimonio al fallecimiento de su causante, es decir, de la persona de la que heredan. Pero a veces esta alegría no es tal, y se originan fricciones y desacuerdos entre los herederos, a los que hay que darle la solución legal que proceda.
Cuando una persona fallece, no solo deja un vacío emocional, sino también un conjunto de bienes, derechos y obligaciones que deben repartirse entre sus herederos.
Esta transmisión patrimonial es lo que se conoce como herencia, y su regulación legal se encuentra en el Derecho Sucesorio, una parte del Derecho Civil que, aunque puede parecer compleja, afecta a casi todo el mundo en algún momento de su vida.
En este artículo te explicamos de forma clara y sencilla qué es una herencia, cómo se tramita, quién tiene derecho a heredar y cuándo es recomendable contar con la ayuda de un abogado.
¿Qué es una herencia?
La herencia es el conjunto de bienes, derechos y deudas u obligaciones que una persona deja al fallecer. Esto incluye tanto lo positivo (viviendas, dinero, acciones, etc.) como lo negativo (deudas particulares, préstamos, hipotecas, tarjetas, etc.). Es decir, quien hereda, no solo recibe bienes, también tiene que asumir, si las hay, las cargas y obligaciones que tenía su causante, es decir, la persona que le ha dejado la herencia.
¿Qué se incluye en una herencia?
Los elementos más comunes en una herencia son:
- Bienes inmuebles: viviendas, locales, terrenos, garajes, fincas rústicas, solares, etc.
- Dinero: en cuentas corrientes, de ahorro, depósitos o efectivo.
- Valores: acciones, participaciones en empresas, fondos de inversión, patentes, derechos de autor, concesiones administrativas.
- Derechos: como usufructos, (salvo que sean vitalicios, es decir, que se extingan con el fallecimiento, al igual que las rentas vitalicias) pensiones pendientes.
- Deudas y obligaciones: hipotecas, préstamos personales, impuestos pendientes, avales, etc.
Tipos de herencia: testamentaria e intestada
Dependiendo de si la persona fallecida dejó o no testamento, la herencia puede ser de dos tipos:
- Sucesión testamentaria
Es la más común. Ocurre cuando el fallecido (también llamado causante) dejó un testamento válido. En este documento se indica cómo desea repartir sus bienes. No obstante, el testamento tiene limitaciones legales, ya que no puede perjudicar a los llamados herederos forzosos, que tienen derecho por ley a una parte de la herencia llamada legítima (lo veremos más adelante).
- Sucesión intestada o abintestato
Tiene lugar cuando no existe testamento o este ha sido declarado nulo. En ese caso, la ley establece el orden en el que deben heredar los familiares del fallecido, siguiendo una jerarquía muy concreta.
¿Quiénes son los herederos legales?
La ley española establece un orden claro para determinar quiénes tienen derecho a heredar cuando no hay testamento. Este orden es el siguiente:
- Hijos y descendientes (nietos, bisnietos…).
- Padres y ascendientes (abuelos, bisabuelos…).
- Cónyuge viudo (aunque no hereda como tal en las regiones de derecho común, sí tiene derecho a usufructo). En regiones con derecho civil propio, la situación puede cambiar-
- Hermanos y sobrinos.
- Otros parientes hasta el cuarto grado (tíos, primos).
- El Estado, si no hay ningún heredero.
Este orden no se puede alterar, salvo en lo permitido por el testamento y siempre respetando la legítima de los herederos forzosos.
¿Qué es la legítima?
La legítima es una parte de la herencia que la ley reserva obligatoriamente a determinados familiares, llamados herederos forzosos. El testador no puede disponer libremente de esta parte, salvo que exista una causa legal para desheredar.
¿Quiénes son los herederos forzosos?
- Hijos y descendientes: si existen, tienen prioridad absoluta.
- Padres y ascendientes: si no hay descendientes.
- Cónyuge viudo: tiene derecho al usufructo de parte de la herencia.
Distribución típica de una herencia (si hay hijos):
- 1/3 de legítima estricta: se reparte por igual entre todos los hijos.
- 1/3 de mejora: se puede usar para beneficiar a uno o varios hijos.
- 1/3 de libre disposición: el testador puede dejarlo a quien quiera (hijos, pareja, amigos, ONG…).
El proceso para recibir una herencia en España
Recibir una herencia no es automático. Hay que realizar una serie de trámites legales, que serán más o menos sencillos dependiendo de si hay testamento, si existen deudas, y si los herederos están de acuerdo entre ellos. Estos son los pasos generales:
- Obtener el certificado de defunción
Lo emite el Registro Civil del lugar donde ha fallecido la persona. Es el primer documento necesario para iniciar cualquier trámite.
- Solicitar el certificado de últimas voluntades
Este documento confirma si la persona hizo testamento y ante qué notario. Se pide al Ministerio de Justicia, unos 15 días después del fallecimiento.
- Obtener el testamento (si existe)
Con el certificado de últimas voluntades, se acude al notario correspondiente para obtener una copia autorizada del testamento.
- Declaración de herederos (si no hay testamento)
Si no existe testamento, se tramita una declaración de herederos abintestato ante notario. Será necesario aportar documentos (certificados, libro de familia, etc.) y testigos.
Es fundamental conocer exactamente qué bienes y qué cargas forman parte de la herencia. Esto permitirá valorar si conviene aceptarla o no.
- Reparto de la herencia
Si el testamento especifica el reparto, se sigue lo indicado. Si no, o si no hay testamento, los bienes se reparten por partes iguales.
- Aceptación o renuncia de la herencia
Cada heredero debe decidir si acepta o renuncia a la herencia. Puede hacerse:
- Pura y simplemente: se aceptan tanto bienes como deudas.
- A beneficio de inventario: se aceptan solo los bienes, y se responde de las deudas hasta donde lleguen esos bienes.
- Renuncia: si hay más deudas que bienes, puede ser mejor rechazarla.
- Pago del Impuesto de Sucesiones
Este es el último paso. Este impuesto varía mucho en función de la comunidad autónoma y del grado de parentesco. En muchas regiones, los herederos directos pagan muy poco o nada gracias a las bonificaciones.
Esto supone una discriminación clara por razón de residencia que debería estar prohibida. Hay autonomías que practican lo que se llama “dumping fiscal”, que en la práctica viene a ser rebajar los impuestos a los más ricos, con objeto de atraer a esos contribuyentes a convertirse en residentes. El reverso de la moneda es que quien paga el precio de esos beneficios son los más pobres, que no tienen rebaja en sus impuestos, y a los que se le merman los servicios públicos que se les prestan.
Eso sin contar lo que supone de insolidaridad fiscal con las demás regiones, que tienen que contribuir con más dinero a la caja común, para compensar lo que otras no pagan.
¿Se puede renunciar a una herencia?
Sí, absolutamente. En España nadie está obligado a aceptar una herencia. De hecho, en muchos casos es recomendable renunciar si el valor de las deudas supera al de los bienes heredados.
La renuncia debe hacerse por escrito y normalmente ante notario. También se puede aceptar “a beneficio de inventario”, lo cual protege al heredero ante deudas ocultas.
¿Cuándo conviene contratar un abogado especialista en herencias?
Aunque no es obligatorio, contar con un abogado experto en herencias puede marcar la diferencia entre un proceso ágil y uno lleno de conflictos y errores. Aquí te dejamos los casos más habituales en los que es muy recomendable acudir a un abogado:
- No sabes si aceptar o rechazar la herencia
Un abogado puede ayudarte a valorar el patrimonio heredado y comprobar si hay deudas ocultas, además de explicarte si te interesa aceptar a beneficio de inventario.
- Existen conflictos entre herederos
Es habitual que surjan desacuerdos, especialmente cuando:
- Hay disputas sobre el reparto de bienes.
- Un heredero no quiere firmar.
- No hay acuerdo sobre la valoración del patrimonio.
En estos casos, el abogado actúa como mediador o defensor en posibles procedimientos judiciales.
- Hay bienes complejos
Si la herencia incluye empresas, participaciones en sociedades, bienes en el extranjero o con cargas (embargos, hipotecas), es fundamental tener asesoramiento legal.
- Hay intención de desheredar a alguien o has sido desheredado
La desheredación solo es válida si cumple ciertos requisitos legales. Si estás en cualquiera de estos casos, necesitas defensa jurídica.
- Buscas optimizar fiscalmente la herencia
Un abogado te puede ayudar a planificar la herencia para pagar menos impuestos, aprovechar bonificaciones autonómicas, y valorar si es mejor donar en vida o heredar tras el fallecimiento.
- El testamento es antiguo, poco claro o inexistente
En estos casos se pueden plantear dudas legales que solo un profesional puede resolver con seguridad.
¿Y cuándo no es necesario un abogado?
Si la herencia es sencilla, hay testamento claro, pocos herederos, sin deudas importantes, y buena relación entre ellos, el trámite puede hacerse directamente ante notario sin necesidad de abogado.
En herencias sin conflicto, incluso es posible que todos los herederos contraten a un mismo abogado para gestionar el proceso de forma conjunta y económica.
¿Qué puede hacer un abogado por ti en una herencia?
Un abogado especializado en derecho sucesorio puede:
- Revisar el testamento o gestionar la declaración de herederos.
- Comprobar si existen deudas o cargas desconocidas.
- Redactar documentos legales (aceptación, reparto, renuncia…).
- Representarte ante bancos, notarios y Hacienda.
- Defender tus intereses si hay impugnaciones o conflictos.
- Mediar con otros herederos para evitar juicios.
- Ayudarte a pagar lo mínimo legal en el Impuesto de Sucesiones.
¿Cuándo se puede desheredar a un heredero?
No se puede desheredar a un hijo, cónyuge o padre sin una causa legal justificada. Las razones deben estar contempladas en el Código Civil y deben probarse si son impugnadas.
Causas para desheredar a un hijo:
- Haber maltratado al testador, ya sea físicamente o psicológicamente.
- Negarle alimentos sin motivo justificado.
- Injuriar gravemente al testador.
- Haber sido privado de la patria potestad por causa imputable al hijo.
- Acusar falsamente de un delito grave.
Causas para desheredar al cónyuge:
- Incumplimiento grave de los deberes conyugales.
- Adulterio (en casos legalmente relevantes).
- Negar alimentos al testador.
- Atentar contra su vida o la de sus hijos.
¿Cómo se hace?
- Debe constar en el testamento.
- Se debe expresar con claridad la causa.
- Si el desheredado impugna, el resto de herederos deben demostrar la causa.
Importante: Si la desheredación no se prueba, puede ser declarada nula. En ese caso, el desheredado recupera su legítima. Pero si es válida, pierde todo derecho a heredar. Eso sí, sus descendientes pueden heredar en su lugar si ellos no han cometido ninguna falta.
¿Y el Impuesto de Sucesiones?
Este impuesto lo regula cada comunidad autónoma, por lo que puede variar mucho. Algunas regiones, como Madrid, Andalucía, Murcia o Galicia, aplican bonificaciones de hasta el 99% para herederos directos (hijos, padres, cónyuges). En otras, el impuesto es más alto, especialmente si no hay vínculo familiar cercano.
Por eso, es muy importante informarse bien en cada caso y valorar opciones como la planificación fiscal en vida, mediante donaciones, seguros o pactos sucesorios si se permite.
En resumen:
Tramitar una herencia no siempre es sencillo. Aunque en muchos casos puede resolverse sin complicaciones, en otros puede ser un proceso largo, complejo y lleno de tensiones familiares.
Contar con el asesoramiento de un abogado especializado en herencias te da tranquilidad, seguridad jurídica y, en muchas ocasiones, ahorro económico. Además, ayuda a evitar conflictos entre herederos, que son muy habituales, incluso en familias bien avenidas.
Si has recibido una herencia, o estás a punto de hacerlo, no tomes decisiones precipitadas. Infórmate bien, conoce tus derechos y obligaciones, y busca apoyo profesional si lo necesitas.